Asistencia médica prestada por el Régimen General de la Seguridad Social conducente a conservar o restablecer la salud de los beneficiarios de dicho régimen, así como su aptitud para el trabajo. • Esta asistencia médica comprenderá los servicios de Medicina general, especialidades, internamiento quirúrgico y Medicina de Urgencia, así como los de tratamiento y estancia en Centros y bstabieamientos sanitarios. Esta asistencia médica pocira también prestarse en determinadas situaciones en el domicilio del enfermo. Decreto 2065/1974, de 30-V, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, arts. 98, 103 y 104.
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